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Vacaciones durante el preaviso: qué dice la ley, qué han dicho los tribunales y cómo cerrar el finiquito (guía 2026)

¿Puede un trabajador coger vacaciones durante el preaviso de su baja voluntaria? ¿Puede la empresa imponerlas para no pagarlas? La guía completa para pymes: el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores y la regla del común acuerdo, la sentencia del TSJ de la Comunidad Valenciana sobre las vacaciones impuestas en el preaviso, baja médica, despido disciplinario y objetivo, el cálculo de las vacaciones no disfrutadas en el finiquito con su cotización complementaria y el efecto sobre el paro, los preavisos de los convenios de oficinas, consultoría y grandes almacenes, y el método en ocho pasos para cerrar el último mes sin reclamación.

Respuesta corta: en España, las vacaciones durante el preaviso solo se disfrutan de común acuerdo (artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores). La empresa no puede imponerlas para ahorrarse el finiquito, y el trabajador tampoco puede fijarlas por su cuenta. Si hay acuerdo, la fecha de salida no cambia; si no lo hay, el preaviso se trabaja y los días pendientes se pagan en el finiquito, cotizan como vacaciones no disfrutadas y retrasan el inicio del paro. Esto vale en la baja voluntaria, el despido objetivo, el disciplinario y la jubilación: las vacaciones devengadas nunca se pierden.

Casi tres millones de personas dejaron su empleo por decisión propia en los once primeros meses del último año contado por la Seguridad Social, más de 12.000 bajas voluntarias al día. Cada una de ellas abre en la empresa el mismo expediente: quince días de preaviso, una persona que quiere gastar los días de vacaciones que le quedan antes de irse, un responsable que necesita esas dos semanas para traspasar el trabajo, y una asesoría que pregunta cuántos días hay que liquidar. Esta guía ordena lo que dice la ley, lo que han dicho los tribunales y lo que hace falta para que el último mes de un empleado termine con un finiquito correcto y sin reclamación.

El preaviso: qué es y cuánto dura

El preaviso es el tiempo que pasa entre la comunicación de la extinción y la fecha en que el contrato termina. Durante ese periodo la relación laboral sigue viva: se trabaja, se cobra y se siguen devengando vacaciones. Su duración depende de quién extingue y por qué.

  • Baja voluntaria (artículo 49.1.d ET): la ley exige el preaviso «que señalen los convenios colectivos o la costumbre del lugar», sin fijar un plazo. Quince días es lo habitual en la mayoría de convenios, con plazos más largos para técnicos y directivos. Si el convenio calla y no hay costumbre acreditada, el Tribunal Supremo ha admitido en 2026 que el preaviso se pacte en el contrato individual, siempre que sea razonable: validó uno de tres meses para banca privada.
  • Despido objetivo (artículo 53.1.c ET): quince días desde la entrega de la comunicación hasta la extinción, con una licencia retribuida de seis horas semanales para buscar empleo (53.2). La empresa puede no concederlo, pero entonces debe abonar los salarios de esos quince días (53.4); el despido no se vuelve improcedente por ello.
  • Despido disciplinario (artículo 55 ET): sin preaviso. El contrato termina en la fecha de efectos de la carta.
  • Contratos temporales de más de un año (artículo 49.1.c ET): quien denuncia el fin del contrato avisa con quince días.
  • Periodo de prueba (artículo 14 ET): cualquiera de las partes puede resolver el contrato; los convenios suelen decirlo expresamente, «sin preaviso ni indemnización».
  • Jubilación (artículo 49.1.f ET): la ley no prevé preaviso; en la práctica se avisa con la antelación que marque el convenio o el buen criterio.
Convenio Preaviso de baja voluntaria Si no se cumple
Oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid (art. 11) 15 días naturales Pierde 15 días de salario o la parte proporcional a los días no preavisados
Consultoría y TIC, estatal (art. 32) 15 días laborables, por escrito Pierde la parte devengada de la paga extra de julio o diciembre; 1/15 por cada día laborable que falte
Grandes almacenes, estatal (art. 15) 15 días, por escrito y con acuse de recibo, en contratos de más de un año Descuento de un día de salario por cada día de retraso

Dos avisos sobre estos descuentos. Solo caben si el convenio los prevé. Y el trabajador debe haber sido informado por escrito del plazo y de sus consecuencias: el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló en 2024 un descuento de más de 3.000 euros por un preaviso de dos meses incumplido porque la empresa nunca había comunicado por escrito ese plazo (artículo 8.5 ET).

Vacaciones y preaviso: la regla del común acuerdo

El artículo 38 ET fija tres cosas que no cambian porque el contrato esté a punto de terminar: las vacaciones duran al menos 30 días naturales al año y no son sustituibles por dinero; el periodo de disfrute se fija de común acuerdo entre empresa y trabajador, y si no hay acuerdo decide el juzgado de lo social en un procedimiento sumario; y el trabajador debe conocer sus fechas al menos dos meses antes. El preaviso, por su parte, es un plazo que corre en días naturales hasta la fecha de extinción comunicada, y ni el artículo 49 ni el 53 prevén que se suspenda por nada.

De ahí salen las tres situaciones que se dan en la práctica.

Situación Qué pasa con el preaviso Qué cobra el trabajador
Vacaciones ya fijadas antes de comunicar la baja o el despido, que caen dentro del preaviso Se disfrutan en las fechas acordadas; la fecha de extinción se mantiene, salvo que las partes pacten otra cosa Salario normal durante las vacaciones y el resto del preaviso
Vacaciones pedidas o propuestas después de la comunicación Solo con acuerdo de ambas partes, por escrito; la fecha de salida no se mueve Salario durante los días disfrutados; los que sobren, en el finiquito
Sin acuerdo El preaviso se trabaja entero Todos los días pendientes se pagan en el finiquito

La empresa no puede imponer las vacaciones en el preaviso

Es la tentación más frecuente: colocar los días pendientes dentro de los quince de preaviso para no pagarlos en el finiquito. Los tribunales lo rechazan. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana resolvió el 7 de julio de 2022 el caso de un despido objetivo comunicado el día 1 con efectos el 16: la empresa impuso doce días de vacaciones dentro del preaviso y fue condenada a pagarlos, 1.120,01 euros. El razonamiento sirve para cualquier extinción: imponer las vacaciones «no respeta las previsiones del artículo 38», porque no hay acuerdo ni aviso con dos meses, y la empresa «incumple bien el preaviso o bien el derecho vacacional, siendo deudora en ambos casos». Dicho de otro modo: o deja trabajar el preaviso y paga las vacaciones en el finiquito, o pacta.

El trabajador tampoco puede fijarlas por su cuenta

La regla del común acuerdo corta en los dos sentidos. Quien presenta su baja voluntaria y anuncia que «los últimos diez días los cogerá de vacaciones» está proponiendo, no decidiendo. Si la empresa necesita ese tiempo para el traspaso puede decir que no, siempre que no sea de forma arbitraria, y los días se liquidarán en dinero. Lo razonable, y lo que hacen la mayoría de empresas pequeñas, es pactarlo en un correo: qué días se disfrutan, que la fecha de extinción no cambia, y cuántos días quedan para el finiquito.

Baja médica durante el preaviso

Una incapacidad temporal durante el preaviso no lo suspende ni lo alarga: la fecha de extinción comunicada se mantiene, el trabajador cobra la prestación de IT y las vacaciones que no pudo disfrutar por estar de baja se liquidan en el finiquito, igual que las demás. Hay una excepción en el despido objetivo: es nulo si el preaviso termina dentro de una suspensión por nacimiento, riesgo durante el embarazo o lactancia (artículos 53.4 y 55.5 ET). Las reglas de la baja, el parte telemático y los tramos de pago están en nuestra guía sobre la baja por enfermedad.

Despido disciplinario y despido objetivo: las vacaciones no se pierden

Un error extendido dice que quien es despedido por causa disciplinaria pierde las vacaciones pendientes. Es falso. El despido procedente elimina la indemnización y los salarios de tramitación (artículo 55.7 ET), pero las vacaciones devengadas y no disfrutadas son salario ya ganado y se abonan en el finiquito. La Directiva europea sobre el tiempo de trabajo permite la compensación económica de las vacaciones precisamente «en caso de conclusión de la relación laboral», sea cual sea la causa, y el Tribunal de Justicia de la UE lo ha confirmado incluso cuando es el propio trabajador quien pone fin al contrato, en la sentencia Maschek de 2016.

En el despido objetivo la empresa elige entre conceder los quince días de preaviso o pagarlos. Si los paga, la relación termina en la fecha de efectos y esos quince días no generan vacaciones nuevas; si los concede, se trabajan y devengan como cualquier otro periodo, y las vacaciones que ya estaban fijadas dentro de ellos se disfrutan según lo acordado.

El finiquito: cómo se calculan y cotizan las vacaciones pendientes

Al comunicar la extinción o el preaviso, la empresa debe acompañar una propuesta de liquidación (artículo 49.2 ET), y el trabajador puede pedir que un representante legal esté presente al firmar el finiquito. Dentro van las vacaciones no disfrutadas, calculadas así:

  1. Días devengados hasta la fecha de extinción: sobre los 30 días naturales del mínimo legal, 2,5 por mes completo trabajado (si el convenio da más días, en proporción).
  2. Menos los disfrutados en el año, incluidos los pactados dentro del preaviso.
  3. Por el salario diario (salario bruto anual con pagas extra entre 365, o la fórmula del convenio).

Ejemplo: una empleada con 2.000 euros brutos al mes en 14 pagas (28.000 al año, 76,71 euros al día) causa baja el 30 de septiembre con 8 días de vacaciones disfrutados. Devengados: 9 meses × 2,5 = 22,5 días. Pendientes: 14,5 días. Importe: 14,5 × 76,71 = 1.112,33 euros brutos, con retención de IRPF y cotización.

La cotización tiene una regla propia. Esos días son una situación asimilada al alta con cotización (artículo 166.2 de la Ley General de la Seguridad Social): la empresa presenta una liquidación complementaria a la del mes de la extinción por todos los días de vacaciones, sin prorrateo aunque pasen al mes siguiente o la persona empiece otro empleo, y lo comunica en el Sistema RED en los seis días siguientes a la baja. La fecha de extinción y la de baja no cambian. La consecuencia que más sorprende: la prestación por desempleo empieza cuando termina ese periodo, no al día siguiente de la salida (artículo 268.3 LGSS), por lo que el trabajador debe solicitarla en los quince días siguientes al fin de las vacaciones cotizadas, y el certificado de empresa debe reflejarlas. El SEPE lo dice sin rodeos: no se cobra el paro durante el periodo de vacaciones no disfrutadas.

Fuera de la extinción, las vacaciones no se pueden pagar: el artículo 38 las declara no sustituibles por compensación económica, y transgredir las normas sobre vacaciones es una infracción grave sancionable entre 751 y 7.500 euros (artículos 7.5 y 40 de la LISOS), igual que incumplir las obligaciones sobre el finiquito (7.4). Qué días se pierden a 31 de diciembre y cuáles se conservan está en nuestra guía sobre las vacaciones no disfrutadas. Todo este cálculo depende de una cosa: tener el saldo exacto de cada persona el día que avisa, y no reconstruirlo de memoria. Un saldo de vacaciones visible para el empleado durante todo el año evita que el finiquito se convierta en una discusión.

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Jubilación y fin del contrato temporal

Quien se jubila no tiene preaviso legal, pero las vacaciones pendientes se le pagan igual que a cualquiera: el Tribunal de Justicia de la UE lo decidió precisamente para un trabajador que se jubiló a petición propia. Lo sensato es planificar con meses de antelación el disfrute de los días que queden, para que la fecha de jubilación coincida con un saldo a cero. En los contratos temporales que terminan por llegar a su fin, con o sin los quince días de aviso, se liquidan las vacaciones devengadas con la misma fórmula y la misma cotización complementaria.

El método para la empresa, de la comunicación al finiquito

  1. Anota la fecha de la comunicación y calcula la fecha de extinción con el preaviso del convenio, en días naturales o laborables según diga el texto.
  2. Mira las vacaciones ya aprobadas que caen dentro del preaviso: se disfrutan en sus fechas y no mueven la salida, salvo pacto.
  3. Cierra el saldo: días devengados hasta la extinción, disfrutados, pendientes de aprobar y restantes, por cada tipo (vacaciones, asuntos propios o libre disposición si el convenio los da).
  4. Pacta por escrito qué días se disfrutan en el preaviso y cuántos van al finiquito. Un correo con fechas, saldo y la frase «la fecha de extinción no varía» basta.
  5. Organiza el traspaso: quién asume cada tarea y cuándo pueden irse de vacaciones los compañeros que cubren. Un calendario de equipo compartido muestra de un vistazo las ausencias del departamento durante el preaviso.
  6. Prepara la propuesta de liquidación: salario hasta la extinción, parte proporcional de pagas extra, vacaciones no disfrutadas, descuento por preaviso incumplido solo si el convenio lo prevé y se informó por escrito.
  7. Tramita la baja y la cotización complementaria por las vacaciones no disfrutadas en el Sistema RED en los seis días siguientes, y entrega el certificado de empresa con ese periodo.
  8. Cierra los accesos el último día, conservando el historial de ausencias para la asesoría, la Inspección y cualquier reclamación posterior.

Cómo gestiona Bueggio HR el último mes de un empleado

Bueggio HR es un programa de control de vacaciones y ausencias, no de nóminas: no calcula el finiquito, pero da el número exacto para calcularlo y mantiene el calendario durante el preaviso.

  • El saldo exacto, en un clic. El informe por persona muestra días totales, disfrutados, pendientes de aprobar y restantes para cada tipo de ausencia, con exportación a CSV: es el dato que la asesoría necesita para la propuesta de liquidación, sin rehacer la cuenta en una hoja de cálculo.
  • Las vacaciones pactadas, registradas por el responsable. Quien aprueba puede reservar una ausencia en nombre del empleado: los días acordados dentro del preaviso aparecen en el calendario y se descuentan del saldo al momento.
  • El traspaso a la vista. El calendario compartido muestra quién falta durante el preaviso y quién cubre; un bloqueo de fechas en las semanas críticas evita que medio equipo se vaya de vacaciones a la vez que la persona que se marcha.
  • La exportación para la nómina. La exportación de ausencias del mes (HTML, CSV o PDF) entrega a la asesoría o al gestor de nóminas las fechas y los días exactos del último mes, con la referencia de nómina de cada persona y sin las notas personales.
  • La salida limpia. Desactivar a la persona corta sus accesos el último día y conserva su historial de ausencias para informes y comprobaciones; la exportación RGPD de sus datos y la anonimización están disponibles en cualquier momento. Y como solo se factura por usuarios activos, la baja deja de costar desde el día siguiente.

Para elegir una herramienta de este tipo, la comparativa de software de gestión de vacaciones y la guía sobre cómo llevar el control de vacaciones listan los criterios; Bueggio HR cuesta 1,30 € por usuario al mes, con un mes de prueba gratis, sin tarjeta.

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Errores que conviene evitar

  • Imponer las vacaciones pendientes dentro del preaviso para no pagarlas: sin acuerdo, los tribunales condenan a pagarlas además del preaviso.
  • Descontar del finiquito un preaviso incumplido que el convenio no prevé, o que nunca se comunicó por escrito al trabajador.
  • Dar por perdidas las vacaciones en un despido disciplinario o en una baja voluntaria sin preaviso: se pagan siempre.
  • Olvidar la cotización complementaria por las vacaciones no disfrutadas y el periodo asimilado al alta en el certificado de empresa, que retrasa el inicio del paro.
  • Pagar vacaciones con el contrato vivo para «limpiar» un saldo demasiado alto: solo cabe en la extinción, y es infracción grave.
  • Reconstruir el saldo de memoria el día del aviso: el error acaba en la papeleta de conciliación.

Preguntas frecuentes

¿Puede un trabajador coger vacaciones durante el preaviso de su baja voluntaria?

Sí, pero solo si la empresa está de acuerdo. El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores dice que las fechas de vacaciones se fijan de común acuerdo, y el preaviso no cambia esa regla: ni el trabajador puede imponerlas ni la empresa puede negarlas de forma arbitraria. Si hay acuerdo, se disfrutan dentro del preaviso y la fecha de salida no se mueve; si no lo hay, el preaviso se trabaja y los días pendientes se pagan en el finiquito.

¿Puede la empresa obligar a disfrutar las vacaciones pendientes durante el preaviso para no pagarlas?

No. Las vacaciones exigen acuerdo y un aviso de al menos dos meses sobre las fechas. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana condenó en 2022 a una empresa que había impuesto doce días de vacaciones dentro de los quince días de preaviso de un despido objetivo: imponerlas incumple o el preaviso o el derecho a vacaciones, y la empresa debe pagar en ambos casos. Los días no disfrutados se abonan en el finiquito y cotizan como vacaciones no disfrutadas.

¿Cómo se pagan las vacaciones no disfrutadas al terminar el contrato?

Se calculan los días devengados hasta la fecha de extinción (2,5 días naturales por mes trabajado sobre los 30 del mínimo legal, o lo que marque el convenio), se restan los ya disfrutados y el resultado se abona en el finiquito al salario diario. Además, la empresa presenta una liquidación complementaria de cotización por esos días, el trabajador queda en situación asimilada al alta y la prestación por desempleo empieza cuando termina ese periodo, no el día siguiente a la baja.

Metodología y fuentes

Textos: Estatuto de los Trabajadores (artículos 14, 38, 49, 53 y 55), Ley General de la Seguridad Social (artículos 166.2 y 268.3), LISOS (artículos 7.4, 7.5 y 40), Orden de cotización del año en curso (artículo 30, vacaciones no disfrutadas), Directiva 2003/88/CE (artículo 7.2). Seguridad Social y SEPE: vacaciones no disfrutadas en el Sistema RED; SEPE, inicio del paro tras las vacaciones no disfrutadas. Jurisprudencia: STSJ Comunidad Valenciana de 7 de julio de 2022 (vacaciones impuestas en el preaviso del despido objetivo); STS 118/2026, de 3 de febrero (preaviso de dimisión pactado individualmente); STS de 31 de marzo de 2011, rec. 3312/2010 (finalidad del preaviso); STSJ Madrid de 20 de noviembre de 2024, rec. 464/2024 (descuento anulado por falta de información escrita); STJUE Maschek, C-341/15. Convenios: Oficinas y despachos de la Comunidad de Madrid, XIX Convenio de consultoría y TIC, Convenio de grandes almacenes. Cifras: bajas voluntarias según datos de la Seguridad Social. Los convenios cambian con cada renovación y el ejemplo es ilustrativo: para una decisión con efectos legales, comprueba el texto vigente de tu convenio y valida el finiquito con tu asesoría.

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